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MOCION SOBRE LOS RUIDOS | MOCION SOBRE LOS RUIDOS |
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GRUPO MUNICIPAL IU LV-CA
ANGEL COELLO INFANTES, como portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida LV-CA en el Ayuntamiento de Salobreña, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, en materia de Régimen Local y como en derecho mejor proceda, eleva al Pleno de la Corporación la siguiente MOCION sin lugar a dudas una de las principales mermas en nuestra calidad de vida. Observar como nuestro derecho inalienable al descanso es violentado permanentemente genera impotencia, frustración y desprecio hacia los poderes públicos, que se muestran incapaces de garantizar nuestros incuestionables derechos y, al tiempo, establecer parámetros de calidad ambiental, que mejorarían nuestra convivencia y, por qué no decirlo, una oferta turística de mayor calidad, aunque sea éste un aspecto secundario desde nuestro punto de vista. hacer complicados estudios y complejos diagnósticos, nos atrevemos, si este Equipo de Gobierno lo viera conveniente, a establecer una Mapa de Ruidos improvisado, tomando como referencia las zonas donde residimos habitualmente l@s salobreñer@s, y excluyendo las zonas turísticas afectadas por veraneantes, cuyas pautas y horarios de descanso varían. escándalo público y no imputables a los vehículos. viernes, sábados y festivos. Para intervenir ante estos problemas este Ayuntamiento tiene normativa y cobertura legal suficiente, lo que hace falta saber es si tiene una verdadera voluntad política para resolverlos. motor, el Ayuntamiento de Salobreña cuenta con una Ordenanza específica (la cual está guardada en un cajón y a expensas de ajustarse al decreto 326, tal y como establece en su Art. 5.( Ordenanzas Municipales) Esta ordenanza está reforzada con el Decreto 326/2003 de 25 de Noviembre de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, que entre otras cuestiones determina que: A juicio del agente municipal y cuando estime que el ruido excede de lo asumible, este podrá inmovilizar la motocicleta. No obstante este decreto regula en la Tabla I, los límites máximos de emisión de ruido por motocicletas y ciclomotores. Hace aproximadamente tres años que no se realizan controles de ruidos a las motocicletas. además del horario límite nocturno, establecido en la concesión de ocupación de vía pública por el Ayuntamiento, en el anexo del Decreto de la Junta de Andalucía 326, se establecen medidas de control y horarios para los mismos. Así mismo la Orden de 25 de marzo/2002 de la Consejería de Gobernación, regula los horarios de apertura y cierre de los establecimientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en su Art. 2. Régimen general de horarios. y escándalos públicos, la policía local tiene normativa más que suficiente para controlar la alteración del orden público, pero lógicamente se hace necesario la presencia de estos en las vías públicas, o la inmediata respuesta ante los requerimientos por parte de l@s ciudadan@s. PROPUESTAS: 1. Plan estratégico de control de los ruidos de escape de motocicletas en las zonas de riesgo, que lleve aparejado inicialmente una campaña de información y concienciación a los usuarios de estos vehículos y a los padres de los mismos. En una segunda fase (inmediata o paralela) controles sistemáticos, con la inmovilización y correspondiente sanción de aquellos que afecten gravemente a la contaminación acústica de nuestro municipio. Policía Local, orientados a la presencia nocturna en las vías públicas durante el período estival y al control del escándalo y alteración del orden público, provocados por terrazas de verano, música en horas nocturnas, botellón, etc. Salobreña, 19 de Julio de 2007.
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